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Más de 100 conductores arrestados por guiar bajo los efectos del alcohol

La policía de Puerto Rico realizó más de 13 mil intervenciones en la semana del 25 de septiembre al 1ro de octubre

Policía de Puerto Rico (CyberNews)

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Sobre 100 conductores en estado de embriaguez fueron arrestados la pasada semana por las autoridades en las carreteras de la isla.

Según las cifras brindadas por el Negociado de la Policía de Puerto Rico, en total se arrestaron 108 conductores con alto por ciento de alcohol en la sangre durante la semana del 25 de septiembre al 1ro de octubre.

Durante este periodo de tiempo a División de Tránsito de la uniformada realizó alrededor de 13,860 intervenciones donde expidieron boletos por faltas administrativas y se realizaron varios arrestos.

Entre los arrestos también se encontraban seis personas por posesión de sustancias controladas, dos arrestos por ley de armas y sustancias controladas, cinco arrestos por Ley de Armas, un arresto por Ley vehícular (Ley 8), 86 conductores no autorizados, siete pistolas ocupadas, once vehículos confiscados y una motora por confiscar, entre otros delitos cometidos la semana pasada.

Proponen confiscar vehículos involucrados en accidentes provocados por conductores borrachos

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El pasado mes de agosto, el director ejecutivo de la CST, Luis Rodríguez Díaz, dijo que la agencia trabaja en varias iniciativas para fortalecer la aplicación de la Ley 22 de Tránsito; entre ellas, enmiendas a la ley y evalúan iniciar el proceso para el posible desarrollo de una Corte Especializada para Casos de Conductores Ebrios.

Entre las iniciativas se encuentra establecer en el reglamento de confiscaciones del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) que todo vehículo que sea parte de un choque donde un ciudadano obtenga grave daño corporal por un conductor ebrio sea confiscado y se establezca un gravamen. Independientemente si el vehículo estaba siendo conducido por el dueño o un tercero.

La CST propone enmienda a los artículos 7.05 y 7.06 de la Ley 22-2000

Ante el aumento de casos de interés público donde el guiar borracho es el factor del choque fatal la CST ha liderado varios cónclaves entre funcionarios de la Unidad Especializada para Casos de Conductores Ebrios del Departamento de Justicia, policías y el equipo legal del Gobernador para que se enmiende la Ley 22 de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico.

Específicamente los Artículos 7.05 y 7.06, donde establece las penalidades en caso de daño corporal a otra persona (7.05) y en caso de grave daño corporal a un ser humano (7.06); para que un convicto por estos artículos y, -que el mismo sea un conductor reincidente en caso de embriaguez- no cualifiquen para penas alternas.

“Durante el caso de Laura Pérez en Mayagüez vimos como un conductor que había sido procesado en tres ocasiones previas por guiar borracho; y en su cuarta convicción había ocasionado grave daño corporal a la víctima; cualificaba para una pena alterna. O sea, que podía cumplir una sentencia en restricción domiciliaria, terapéutica u ofrecer servicios comunitarios; en lugar de la pena de 3 a 5 años de cárcel que establece la Ley 22 en estos casos. Esa realidad jurídica actual no es justa para las víctimas ni para sus familiares, por esa razón estamos trabajando esta enmienda que busca fortalecer el cumplimiento de la Ley de Vehículos y Tránsito para así tener carreteras más seguras”, argumentó Luis Rodríguez Díaz.

Por otro lado, Rodríguez Díaz expresó que la CST ausculta la posibilidad de solicitar fondos de la Administración Nacional para Seguridad en el Tránsito (NHTSA, por sus siglas en inglés) para crear una Sala Especializada para Casos de Conductores Ebrios en nuestros Tribunales.

Esta iniciativa vendrá a reforzar la Unidad Especializada de fiscales en el Departamento de Justicia que atienden únicamente casos de conductores ebrios, establecida en el año fiscal 2018 y subvencionada con fondos federales asignados a través de la CST.

“La creación de estas salas especializadas en Alcohol en los Estados Unidos ha tenido unos resultados favorables. De acuerdo con información compartida por la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA); estas salas especializadas de Alcohol permiten reducir la reincidencia de los casos. Esto por el equipo que está conformado por: el juez, los fiscales, el personal de probatoria y el personal que brinda los tratamientos todos trabajando juntos con el ofensor de manera individual” indicó Rodríguez Díaz.

En estados como Georgia, Arizona y California, lograron un promedio de reincidencia en un 9% vs. un 24% de reincidencia en salas tradicionales.

“Nuestro interés es lograr trabajar con cada caso para brindarle las herramientas necesarias y así reducir de manera dramática el por ciento de reincidentes teniendo como resultado unas carreteras seguras para poder transitar como una sociedad de avanzada demostrando un alto nivel de responsabilidad individual y colectiva”, finalizó compartiendo Luis Rodríguez Díaz.

Este fin de semana del Día del Trabajo, la CST asignó fondos federales para el pago de las horas extras de los policías que estarán haciendo intervenciones para identificar conductores ebrios.

“El feriado de Labor Day es una ocasión especial que aprovechan los puertorriqueños para acudir a las playas y otros lugares de interés turístico alrededor de la Isla, lo que suele venir acompañado del consumo excesivo de bebidas embriagantes. Esta campaña tiene como enfoque disuadir a los conductores de ejercer la moderación por las consecuencias legales de conducir borracho, lo que conllevaría un arresto y hasta una convicción por tratarse de un delito criminal en caso de un choque fatal”, afirmó el director ejecutivo de la CST, Luis Rodríguez Díaz.

La Ley 22 de Vehículos y Tránsito dispone que ocasionar alguna lesión corporal o daño permanente a una persona por conducir ebrio conlleva una pena fija de 18 meses de cárcel. De provocar la muerte de otra persona, es un delito grave que conlleva una pena fija de 15 años en prisión.  Las estadísticas revelan que en 2022 fallecieron 271 personas en choques de tránsito, de las cuales 80, equivalente a un 30%, fueron atribuibles al consumo de alcohol al volante de un automóvil o motocicleta.

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